Porlo tanto, debemos empezar a contar veinte días desde el siguiente al que fue notificada la sentencia. Además, es importante tener en cuenta que se trata de 20 días hábiles, es decir, no se contabilizan sábados y domingos, ni festivos, ni el mes de agosto. Una vez es la sentencia firme, la ley nos marca un periodo voluntario de pago
6jTgB0. 4 212 374 80 9 254 82 313 89